Estimados Colegas, el Colegio Público de Abogados de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Corrientes, quiere poner en conocimiento de sus matriculados las acciones que se vienen realizando, ante la situación de emergencia sanitaria existente en nuestro país a raíz de la PANDEMIA del COVID-19:
A pesar de que los miembros de este Directorio nos encontramos cada uno en nuestros respectivos domicilios, cumpliendo con la medida de “AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO”, decretada por el DNU 207/20 del PEN, nos hemos declarado en alerta y sesión permanente, implementando un sistema de comunicación mediante plataforma digital, que permite sesionar e interactuar entre sus miembros hasta que se puedan retomar las reuniones presenciales.
Igual medida hemos adoptado desde el Consejo Superior de Colegios Públicos de Abogados de la Provincia de Corrientes, eahbobagdntidad que engloba a los cinco Colegios de Abogados de la provincia.
Dentro de las acciones que emprendimos se encuentran:
- Gestionamos y obtuvimos una línea de créditos preferencial para los matriculados del Banco de Corrientes SA, a sola firma. Dicha línea se habilitó para todo profesional matriculado a un Consejo Profesional, siempre que el ejercicio de la profesión requiera la matriculación, con destino a Personas Físicas, sean profesionales matriculados o vinculados a algún Consejo Profesional o equivalente dentro del ámbito de acción del Banco de Corrientes, siempre que el ejercicio de la profesión requiera de la matriculación, con una antigüedad de 3 (tres) meses en la matricula, con un monto máximo de endeudamiento global hasta $ 1.000.000. La asistencia máxima deberá ser proporcional: 80% para préstamos personales y 20% para Tarjeta de Crédito, con un plazo máximo de 60 (sesenta) meses y garantía a sola firma, habiéndose también habilitado dentro de esta la línea la Línea de profesionales con AVAL de Sociedades de Garantía Recíproca (SGR).
- Solicitamos a la AFIP la suspensión y diferimiento del vencimiento de obligaciones tributarias correspondientes a su ámbito, así como de cualquier curso de intereses punitorios o compensatorios respecto de obligaciones en curso y en relación al universo de los profesionales abogados que ejercen de manera liberal y que se encuentran categorizados como monotributistas o autónomos.
- Hemos remitido dos notas al Sr. Gobernador peticionando exenciones impositivas para los profesionales del derecho y otras medidas paliativas que los ayude a enfrentar la difícil situación económica que atraviesa nuestro sector.
- Hemos propiciado a través de pedidos al STJ, y a fin de reactivar la actividad judicial, que se empleen todos los medios electrónicos de comunicación, que se permita la presentación de escritos y documentales de manera digital y se utilice la herramienta de la videoconferencia para el desarrollo de audiencias y así evitar desplazamientos y reunión física de personas, se resuelvan expedientes judiciales mediante el home office y utilización de firma digital.
- Se ha solicitado el libramiento en forma electrónica de órdenes de pago judiciales para el supuesto de honorarios profesionales de abogados y de auxiliares de la justicia, como así también el de cuotas alimentarias, pagos en procesos de restricción de la capacidad, créditos laborales y daños y perjuicios.
- Para el caso de prestar un servicio de justicia o fuerza mayor relacionado con el ejercicio profesional, se dictó una resolución disponiendo que el abogado puede circular libremente y que solo debe presentar su credencial y explicar en qué consiste la tarea profesional que tiene que realizar y hacia dónde se dirige.
- Resolvimos “DIFERIR el pago de la obligación establecida por el Decreto Ley 119/01, en sus arts. 42 y 69, hasta el día 31 de marzo del corriente, o hasta la fecha que establezca la autoridad nacional, en caso de extenderse la medida establecida en el DNU 297/2020 del PEN, debiendo el Tribunal dar curso a la petición sin verificar el pago del aporte.” Por igual término suspendimos el pago de matrícula y otros vencimientos de convenios, para no generar endeudamiento de los colegas.
- Hemos mantenido comunicación con los jueces y secretarios de turno, durante las sucesivas ferias extraordinarias decretadas, desde el día 17 de marzo del corrientes a la fecha, a fin de que se empleen todos los medios electrónicos de comunicación, que permita la presentación de escritos en forma digital y así evitar la concurrencia de los matriculados y justiciables a Tribunales.
- Para destrabar los fondos de cuentas judiciales y permitir que los justiciables y profesionales de la abogacía puedan acceder a los mismos en aquellos casos en que los mismos no cuenten con tarjetas de débito se solicitó al Banco de Corrientes disponga las medidas pertinentes para que se efectivice el pago de los mismos.
- Ofrecemos capacitación gratuita para nuestros matriculados de las editoriales jurídicas: LEGISTER; RUBINZAL CULZONI y CONTEXTO.
- Se encuentra en estudio de la Comisión de Caja Forense el anteproyecto de ley de creación de dicha entidad en el ámbito de la Provincia de Corrientes.
- Estamos gestionando con la banca privada la obtención de beneficios para los matriculados.
Seguiremos realizando incansablemente gestiones para paliar los difíciles momentos que nos toca vivir provocados por esta pandemia inusitada y que ha significado para los abogados una paralización de la actividad pública y privada - ámbitos de nuestro desempeño profesional- generando graves desequilibrios en nuestras economías agradeciendo desde ya a todos quienes nos han brindado su apoyo para cumplir con las complejas tareas que demanda conducir nuestro Colegio en este contexto de Emergencia.
Todas estas acciones y otras más las hemos realizado mediante las siguientes notas, las cuales dimos a conocer oportunamente a nuestros matriculados.
- Nota de fecha 13 de marzo de 2020, de nuestro Colegio, dirigida al presidente del, Dr. Luis Eduardo Rey Vázquez, y ante la situación generada por el brote del coronavirus (COVID-19) declarado en fecha 11 de marzo de 2020 como PANDEMIA por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), y en atención al Decreto Presidencial N°260/2020, que establece el aislamiento obligatorio de las personas contempladas en su artículo 7, y atento a la ausencia de norma legal específica en virtud de la cual los abogados puedan solicitar licencia por enfermedad a los fines de justificar su incomparencia e inactividad laboral, ante todas las causas judiciales en las que el profesional interviene, tendiente a garantizar la libertad de actuación y asegurar la dignidad de abogadas y abogados, solicitamos se contemple la situación de los colegas matriculados ante este CPAPC y que se hallen comprendidos en el referido art 7, solicitando que el STJ disponga la interrupción de los plazos procesales en curso cuando la o el peticionante sea letrado o letrada único/a y acredite mediante certificado o constancia emanada de establecimiento asistencial, estar comprendido en las circunstancias previstas por el artículo 7 del Decreto 260/2020.
- Nota de nuestro Colegio presentada en fecha 18 de marzo de 2020, dirigida a la Lic. Mercedes Marcó del Pont (Administradora Federal de Ingresos Públicos), sobre pedido de protección fiscal en relación a la AFIP solicitando “la suspensión y diferimiento del vencimiento de obligaciones tributarias correspondientes a su ámbito, así como de cualquier curso de intereses punitorios o compensatorios respecto de obligaciones en curso y en relación al universo de los profesionales abogados que represento, que ejercen de manera liberal y que se encuentran categorizados como monotributistas o autónomos”.
- Adhesión a nota de FACA(FEDERACION ARGENTINA DE COLEGIOS DE ABOGADOS) presentada en fecha 19 de marzo de 2020, dirigida al presidente de la República, Dr. Alberto Fernández, solicitando “se considere la adopción de medidas concretas que alivien la crítica situación económico-financiera que atravesamos los abogados y las abogadas que tenemos al ejercicio liberal de la profesión como medio de subsistencia y ante la inédita emergencia sanitaria declarada en todo el País, lo cual ha provocado la total paralización de la actividad judicial en el ámbito provincial y federal, y que se implementen medidas fiscales diferenciales paliativas para nuestro sector, considerando así establecer deducciones impositivas que alcancen a profesionales categorizados como monotributistas o autónomos, exenciones de cargas a la seguridad social, deducciones al impuesto a las ganancias o cualquier otro paliativo fiscal que pueda de algún modo alivianar este agudo trance.”
- Adhesión por parte de nuestro Colegio a la petición realizada por F.A.C.A. en fecha 19 de marzo de 2020, “sobre la situación de paralización en el funcionamiento de la ANSES, por el Paro General, sin concurrencia, decretado desde el 17 de marzo, por el gremio mayoritario del Organismo, situación que impide cumplir con los servicios esenciales que, en materia de protección previsional, deben asegurarse”.
- Resolución del Directorio de nuestro Colegio, de fecha 20 de marzo de 2020,por medio de la cual se resolvió “DIFERIR el pago de la obligación establecida por el Decreto Ley 119/01, en sus arts. 42 y 69, hasta el día 31 de marzo del corriente, o hasta la fecha que establezca la autoridad nacional, en caso de extenderse la medida establecida en el DNU 297/2020 del PEN, debiendo el Tribunal dar curso a la petición sin verificar el pago del aporte.”
- Nota del Consejo Superior de Colegios de Abogados de la Provincia de Corrientes, de fecha 21 de marzo de 2020, dirigida al Gobernador de la Provincia, Dr. Gustavo Valdés, solicitando: “1) Prórroga general de todas las obligaciones impositivas con vencimientos mientras dure la actual situación sanitaria, en particular la de los siguientes impuestos : a) impuesto inmobiliario, b) impuesto a los automotores, c) impuestos de sellos, d) impuestos a la transmisión gratuitas de bienes, e) tasas retributivas de servicios administrativos y judiciales; 2) Suspensión de intereses, recargos, y/o multas tributarias hasta la finalización de la crisis sanitaria; 3) Gestionar ante las autoridades municipales la prórroga de tasas y servicios generales que afecten a los abogados y abogadas; 4) Facilitar créditos con facilidades extendidas con el objeto de permitir a los profesionales superar las dificultades financieras.”
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- Adhesión a nota de fecha 23 de marzo de 2020 presentada por la CGP(CONFEDERACIÓN GENERAL DE PROFESIONALES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA), dirigida al presidente de la República, Dr. Alberto Fernández, donde se solicita“se considere la adopción de medidas concretas que alivien la crítica situación económico-financiera que atraviesan las y los profesionales en nuestro país, cuyos ingresos provienen de los honorarios que devengan por la prestación de sus servicios, honorarios que revisten carácter alimentario y se implementen medidas fiscales diferenciales paliativas para nuestro sector, considerando así establecer deducciones impositivas que alcancen a profesionales categorizados como monotributistas, exenciones de cargas a la seguridad social, o cualquier otro paliativo fiscal que pueda de algún modo alivianar este agudo trance.”
- Nota del Consejo Superior de Colegios de Abogados de la Provincia de Corrientes, de fecha 24 de marzo de 2020, dirigida al Gobernador de la Provincia, Dr. Gustavo Valdés, solicitando: “1) Que el estado provincial dicte medidas socioeconómicas que ayuden a este sector, que no posee un empleador mensual y ni un sueldo, cuya labor se ve interrumpida por las actuales circunstancias, entre la que consideramos se otorgue un bono monetario a cada abogado/a, matriculado en la provincia, sin tener en consideración su condición ante la AFIP, a efectos de paliar esta situación, independientemente del otorgado por el Poder Ejecutivo Nacional, pues se han cortado todos los ingresos al restringirse la actividad; 2) Que se disponga la exención de impuestos provinciales, por todo el tiempo que dure la cuarentena obligatoria, ya que como es sabido está restringida nuestra actividad al mínimo, sin perjuicio de la prórroga dispuesta sobre los ya vencidos o a vencer por períodos anteriores; 3) Se arbitren los medios para que las empresas de servicios telefónico, no procedan al corte del mismo ya que es una herramienta esencial, para el ejercicio de nuestra profesión actualmente; 4) Exigimos que se vele por la plena vigencia del estado de derecho, sin desconocer que en esta situación inédita el sistema sanitario, esta frente a un colapso y que todos tenemos derechos a la vida en igualdad y sin excepción…”
- Resolución delConsejo Superior de Colegios de Abogados de la Provincia de Corrientes, de fecha 24 de marzo de 2020, donde se dispuso que en caso de ejercicio profesional urgente y excepcional, el abogado puede circular y que solo debe presentar su credencial y explicar en qué consiste la tarea profesional que tiene que realizar y hacia dónde se dirige. Esta circulación DEBE, en todos los casos y sin excepción, estar relacionada con el ejercicio profesional urgente y excepcional, en los casos a que se refiere el DNU 297/2020 del PEN y el Acuerdo Extraordinario N°5 y Resolución N° 67, de fecha 16//03/2020 y 20/03/2020, respectivamente, del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Corrientes, en todos los fueros, debiendo limitarse sus desplazamientos al estricto cumplimiento de ese servicio.
- Adhesión por parte de nuestro Colegio a la resolución de FACA(FEDERACION ARGENTINA DE COLEGIOS DE ABOGADOS) de fecha 26 de marzo de 2020, relativa a suspensión de plazos de prescripción y caducidad mientras dure el aislamiento social preventivo y obligatorio, a fin de hacer efectivo el principio de seguridad jurídica.
- Nota dirigida el Presidente del STJ, Dr. Luis Eduardo Rey Vázquez, de fecha 27 de marzo,solicitando se “habilite el libramiento en forma electrónica de órdenes de pago judiciales para el supuesto de honorarios profesionales de abogados y de auxiliares de la justicia, como así también el de cuotas alimentarias, pagos en procesos de restricción de la capacidad, créditos laborales y daños y perjuicios, atento a que se halla en riesgo la supervivencia de los justiciables, letrados y sus respectivos grupos familiares.”
- Nota de fecha 30 de marzo de 2020, dirigida al Ministro de Seguridad de la provincia de Corrientes, Dr. Juan José López Desimoni, solicitando tenga a bien instrumentar la notificación de lo dispuesto por la Resolución N° 1/2020, y que fuera comunicada oportunamente al Sr. Ministro, de fecha 24 de marzo de 2020, a los miembros de la Policía de la Provincia de Corrientes quienes en todo el territorio provincial viene llevando adelante las tareas de control de circulación y cumplimiento del DNU 297/20 del PEN. Se comunique asimismo a las Empresas de Transporte Urbano de pasajeros, en razón de que hemos recibido denuncias de obstaculización y dificultades del trabajo profesional en casos urgentes por parte de algunos colegas, impidiéndoseles por parte de los choferes hacer uso del transporte público”.
- Informe de fecha 30 de marzo de 2020, emitido por nuestro Colegio y elevado al Dr. José Luis Lassalle, presidente de FACA (FEDERACION ARGENTINA DE COLEGIOS DE ABOGADOS) de cómo se está aplicando la feria judicial, si existe o no digitalización de expedientes y sobre si existe inconvenientes con las fuerzas de seguridad con motivo de la circulación de las/los abogadas/os en el ejercicio de su función.
- Informe de fecha 30 de marzo de 2020, emitido por nuestro Colegio y elevado al Dr. Edgardo Giorda, presidente de la FEPUC (FEDERACIÓN DE ENTIDADES PROFESIONALES UNIVERSITARIAS DE CORRIENTES) para ser elevado a la CGP (CONFEDERACIÓN GENERAL DE PROFESIONALES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA) acerca del estado institucional y de sus matriculados, como consecuencia de las mediadas decretadas en el marco del DNU 297/20 del PEN.
- Nota de fecha 01 de abril de 2020,del Consejo Superior de Colegios de Abogados de la Provincia de Corrientes,dirigida el Presidente del STJ, Dr. Luis Eduardo Rey Vázquez, solicitando a ese Alto Cuerpo, que luego del 12/04/2020, “se proceda a reiniciar la actividad judicial, sin perjuicio de mantener las medidas de cuidado y distanciamiento social dispuestas, para lo cual proponemos vías de solución alternativas, para esta situación de pandemia, en razón de que la justicia no puede operar al mínimo por tiempo indeterminado.” Y poniéndose nuestroConsejo“a disposición del Poder Judicial para trabajar de manera coordinada a fin de delinear un plan de contingencia con alternativas de trabajo por materia, a fin de paliar la situación de la emergencia sanitaria, y se pueda ofrecer un servicio de justicia acorde con el estado actual de esta contingencia” y solicitando se dispongan los medios pertinentes de infraestructura tecnológica a los fines de implementar sistemas que permitan evitar la aglomeración de personas en las oficinas judiciales” .
- Nota del Consejo Superior de Colegios de Abogados de la Provincia de Corrientes dirigida el Presidente del STJ, Dr. Luis Eduardo Rey Vázquez, de fecha 14 de abril, solicitando se proceda a realizar un Protocolo General de Actuación unificado para todos los fueros y juzgados de la provincia de Corrientes, con los medios alternativos oportunamente dispuestos en la Acordada Extraordinaria Nº 7, a fin de evitar dispersión y que se perciban reglas claras en todos sus Juzgados, solicitando que la implementación de estas medidas se haga de modo que facilite y no entorpezca o haga más engorrosa la labor diaria de los abogados litigantes, evitando la disparidad y dispersión de criterios en cuanto a las modalidades a adoptarse. De este modo se resguardarán: la integridad y salud de los operadores del sistema judicial (Funcionarios y Empleados judiciales, Abogados y demás Auxiliares de justicia), la equidad e igualdad ante la ley en el acceso a la justicia, además de asegurar el debido respeto a las garantías procesales y, como consecuencia, se creará el marco adecuado para reanudar la actividad a la brevedad, poniéndose este Consejo a disposición para colaborar y proponer otras alternativas de actuación.
-Nota de fecha 14 de abril de 2020,del Consejo Superior de Colegios de Abogados de la Provincia de Corrientes, dirigida a la Cra. LAURA SPROVIERI, vicepresidente del Banco de Corrientes S.A. solicitando que en el marco de la medida de "aislamiento social, preventivo y obligatorio" establecida por el Poder Ejecutivo Nacional mediante DNU 297/2020 y en consonancia con las disposiciones del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Corrientes, y que establece nuevas modalidades del servicio de justicia, solicitando la implementación de medidas que permitan ‘’sortear’’ la imposibilidad de concurrir a la entidad para realizar trámites relacionados a cuentas bancarias judiciales.
-Nota de fecha 14 de abril de 2020,dirigida a la Cra. LAURA SPROVIERI, vicepresidente del Banco de Corrientes S.A. solicitando en relación a la línea de créditos que oportunamente lanzara dicha entidad en beneficio de los profesionales matriculados, una baja en la tasa de interés de dichos créditos, en atención a las circunstancias de público conocimiento, generadas por la Pandemia del COVID 19, y teniendo en cuenta que el banco con posterioridad ha lanzado una línea de créditos con una tasa del 24%, dirigida a monotributistas y trabajadores independientes.
- Nota dirigida el Presidente del STJ, Dr. Luis Eduardo Rey Vázquez, de fecha 14 de abril, solicitando se proceda a emitir una resolución en la que se disponga notificar al Banco de Corrientes S.A. que deberán proceder a abonar y atender a los beneficiarios de cuentas judiciales que no posean tarjetas de débito como asimismo que admitan la recepción de oficios que sean enviados desde los correos institucionales de los juzgados, siendo ello la modalidad dispuesta y admitida en estas circunstancias.
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