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Servicio Social
Comenzó a funcionar el Consultorio Jurídico Gratuito

El 27 de agosto, en la sede central del Colegio Público de Abogados de la Primera Circunscripción Judicial comenzó a funcionar el Consultorio Jurídico Gratuito, un servicio de consultas y asesoría jurídica a personas carentes de recursos.

Con esta prestación, se pretende  garantizar el acceso a la justicia y el derecho de igualdad a los más necesitados, en la forma y con los requisitos que establece su reglamentación. Asimismo, la propuesta se convierte en un espacio para la práctica profesional y  la toma de conciencia de los derechos y de las obligaciones para asumirlos y fortalecer la función preventiva del Derecho.

De esa manera, los objetivos generales de este Consultorio son ofrecer un Servicio Social a personas en estado de vulnerabilidad y contribuir al desarrollo profesional de los matriculados del CPAPC.

El consultorio funcionará los días martes, miércoles y viernes de 8.30 a 11, en sede central ubicada en Tucumán  570

Servicio Social

Podrán acceder al servicio quienes acrediten desde el inicio la situación mediante declaración jurada, recibo de remuneraciones, información sumaria, constancia de ANSES de no percibir beneficios y/o cualquier otro medio fehaciente que compruebe sus ingresos, a criterio de las autoridades del Consultorio.

Se tomará como tope máximo para ser consultante el monto de un salario mínimo vital y móvil (SMVyM) vigente al momento de la consulta  y conforme a las publicaciones oficiales del Consejo Nacional de Empleo Productividad.

El servicio jurídico gratuito estará exclusivamente referido a cuestiones sin contenido patrimonial. Las consultas que evacúan los profesionales carecen de costo alguno y quedan a cargo del defendido todos los gastos que resulten indispensables para su representación y defensa judiciales.

Se tomarán casos no patrimoniales, dándose preponderancia a asuntos civiles relativos a cuestiones de familia y minoridad en general (tutela, curatela, alimentos, responsabilidad parental, cuidado personal, régimen comunicacional, violencia familiar y de género, informaciones sumarias).

El consultorio también atenderá consultas administrativas que son aquellas que se generan a partir de dificultades de los consultores para acceder, comprender pasos, requisitos, y requerimientos de diferentes administraciones tanto como municipales, provinciales o nacionales.

Tal enunciación de las cuestiones a tratar no es taxativa, pudiendo ser ampliada o restringida teniendo en cuenta las necesidades sociales y culturales de la población.-

No se atenderán temas laborales, penales, comerciales, mala praxis, daños y perjuicios, sucesiones, reajuste de haberes, divorcios contradictorios, consultas sobre honorarios profesionales y actuación de abogados.

MARCO LEGAL

ART. 6 INC.1 (DEBERES ESPECÍFICOS DE LOS  ABOGADOS) DECRETO LEY 119/01. ART. 24 INC. 2 (FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS COLEGIOS)DEL DECRETO LEY 119/01. 100 REGLAS DE BRASILIA SOBRE ACCESO A LA JUSTICIA DE LAS PERSONAS EN CONDICIÓN DE VULNERABILIDAD.

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