El Directorio del Colegio Público de Abogados de la Primera Circunscripción Judicial de Corrientes resolvió diferir el pago de la obligación establecida por el Decreto Ley 119/01, en sus arts. 42 y 69, hasta el día 31 de marzo del corriente, o hasta la fecha que establezca la autoridad nacional, en caso de extenderse la medida establecida en el DNU 297/2020 del PEN, debiendo el Tribunal dar curso a la petición sin verificar el pago del mismo.
En consecuencia, presentará dicha resolución al Superior Tribunal de Justicia a fin de que disponga la notificación a los Tribunales de feria correspondientes a la Primera Circunscripción Judicial.
Lo resuelto responde a la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”y a la prohibición de circular por un plazo determinado; al Acuerdo Extraordinario N° 5, del 16/02/2020, del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Corrientes que dispuso feria judicial desde el 17 de marzo hasta el 31 de marzo inclusive; y como medida en resguardo de la salud pública.
Asimismo, las actividades del CPAPC no están dentro de las exceptuadas delcumplimiento del DNU 197/2020.
Se adjunta el documento.