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CAPITAL Y PASO DE LOS LIBRES
Extienden el servicio de justicia de atención extraordinaria administrada

La Corte Provincial dispuso hoy extender el servicio de justicia de atención extraordinaria administrada hasta el 9 de diciembre inclusive para los Tribunales de Corrientes Capital y Paso de los Libres. A partir del 1° de diciembre se restablecen todas las actividades de los tribunales de Bella Vista de conformidad a lo previsto en Acuerdo Extraordinario N°12/20.

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La medida, establecida en la Resolución Nº 383, dispone que desde el martes 1° y hasta el miércoles 9 de diciembre inclusive las actividades judiciales de todos los Tribunales y dependencias de la ciudad de Corrientes (Capital) y Paso de los Libres seguirán cumpliendo el servicio de justicia de atención extraordinaria administrada por pandemia Covid-19.

 

En el mismo documento se dispuso que desde el 1° de diciembre se reestablecen todas las actividades del servicio de justicia de los Tribunales de Bella Vista, de conformidad a lo previsto en el Acuerdo Extraordinario N°12/2020.

 

Capital y Paso de los Libres

 

Se detalló que continuarán prestando ese servicio los Ministros del Superior Tribunal de Justicia, Fiscal General, Fiscal Adjunto, Jueces de Apelaciones, Jueces de los Tribunales Orales Penales, Jueces de primera instancia de todos los fueros, Jueces de Instrucción y Correccionales (hoy de Garantías), Juez de Ejecución de Penas, Jueces de Menores, Jueces de Familia, Juez de Paz Barrial, como así también los titulares de dependencias del Ministerio Público – Fiscales, Defensores y Asesores- con sus respectivos Secretarios y Prosecretarios, con funciones de Actuarios y/o Relatores, como así también, Directores, Jefes de Áreas Administrativas y Técnicos-Profesionales.

 

Los Tribunales y dependencias deberán seguir convocando de manera rotativa a 1/3 (un tercio) del plantel de Empleados Administrativos para que presten servicio de manera presencial.

 

El resto del Plantel de Personal Administrativo podrá ser convocado para prestar servicio home office.

 

Los juzgados que se encuentran de turno podrán convocar a todo el personal que sea indispensable para la efectiva prestación del servicio de justicia.

 

No podrán ser citados a cumplir funciones de manera presencial, los agentes que se encuentren comprendidos dentro del grupo de riesgo conforme las pautas vigentes establecidas por este Tribunal.

 

El horario de prestación de servicio de los Tribunales, seguirá siendo de 7 a 13 horas y se podrá habilitar el turno vespertino hasta las 20 horas para cumplir las actividades del servicio.

 

La Dirección de Arquitectura, deberá seguir extremando la adopción de todas las medidas pertinentes a los fines de asegurar las óptimas condiciones de higiene y salubridad de los espacios afectados al funcionamiento de los tribunales y dependencias, conforme las pautas e instrucciones establecidas en la Resolución administrativa del Superior Tribunal de Justicia N° 116 de fecha 13 de marzo de 2020 y Protocolo de Limpieza y Desinfección aprobado oportunamente.

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