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Disponen que se contemple la situación de los abogados afectados por Covid

El STJ dispuso que los Tribunales y las Secretarías Jurisdiccionales, hasta tanto dure la pandemia, deberán contemplar los requerimientos de los profesionales que planteen suspensión de plazos en virtud de encontrarse diagnosticado con Covid-19 o formar parte del grupo de riesgo.

Tras el pedido realizado por el Colegio Público de Abogados de la Primera Circunscripción, el Superior Tribunal de Justicia dispuso que los Tribunales y las Secretarías Jurisdiccionales, hasta tanto dure la pandemia, deberán contemplar los requerimientos de los profesionales que planteen suspensión de plazos en virtud de encontrarse diagnosticado como caso positivo confirmado por Covid-19 o estar en una situación comprendida como excepción por la autoridad sanitaria que impida ejercer la profesión causando un estado de indefensión a su representado.

Señala además que a tal efecto, deberá el profesional por sí, por mí por intermedio de un abogado patrocinante bajo su responsabilidad profesional y/o el Colegio de Abogados de la Circunscripción, realizar una única presentación ante cada uno de los juzgados donde se requiere la excepción, solicitando suspensión de plazos o de la medida que correspondiere acompañando la documentación de la autoridad sanitaria que acredite fehacientemente la situación alegada - por vía correo electrónico y o a través de presentación en formato papel ante el Tribunal o las Receptorías de Escritos - cuya resolución deberá tener efecto para todas las causas o expedientes donde la medida podría aplicarse, debiendo actuarse en todos los casos con razonabilidad evitando causar daños irreparables.

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