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CORTE PROVINCIAL
Conforman un Comité Técnico de Emergencia por Pandemia

La Corte Provincial creó un Comité Técnico para evaluar y controlar las medidas relacionadas a los aislamientos y casos confirmados por COVID 19 en el seno del Poder Judicial. La modalidad de prestación del servicio será un esquema de burbuja, con dotación del personal dividido en dos turnos. El horario matutino será de 7 a 13 y el vespertino de 14:30 a 20:30, pero la atención al público continuará siendo por la mañana.

El Superior Tribunal de Justicia creó por Acuerdo Nº1/21 un órgano técnico que se encargará de evaluar, dictaminar y controlar las medidas vinculadas con los aislamientos de todo el personal judicial como también por casos confirmados o sospechosos de Covid19. Se ocupará además de toda resolución o decisión relacionada con la pandemia dentro del Poder Judicial.

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Sus funciones son el seguimiento de casos positivos de magistrados, funcionarios, secretariado, personal técnico-profesional, empleados administrativos y de maestranza y servicio, para la evaluación diaria y análisis de las situaciones con afectación al servicio; y el contacto directo con el Comité de Crisis Provincial en el seguimiento de los casos relacionados al Poder Judicial, a efectos de coordinar las medidas sanitarias que correspondan adoptarse en el ámbito del Poder Judicial de acuerdo a los Protocolos y Recomendaciones sanitarias pertinentes.

 

También definirá y resolverá los aislamientos con licencia especial en los casos confirmados por Covid-19, casos sospechosos, “contacto estrecho” y/o personal con síntomas compatibles con Covid-19, de manera individual o del grupo de trabajo, como así también, respecto del cierre de los edificios o dependencias. Y establecerá pautas a seguir para la desinfección de los Edificios, áreas o dependencias.

 

Este Comité estará supervisado por el Presidente doctor Luis Eduardo Rey Vázquez y se integra con el Secretario Administrativo doctor Guillermo Alejandro Casaro Lodoli; el Decano Subrogante del Instituto Médico Forense, doctor José Luis Galvez, y el Médico Forense doctor Javier Del Río.

 

Trabajo en Burbuja

 

La Corte Provincial dispuso durante el año judicial 2021 la continuidad de la prestación de servicio de justicia de atención extraordinaria administrada por pandemia Covid19, siendo de aplicación obligatoria el “Marco Regulatorio de Emergencia General (MREG)” (Anexo del Acuerdo N° 08/2020).

 

El horario de prestación de servicio de los Tribunales será en dos turnos de 7 a 13 horas y de 14:30 a 20:30 horas. Sin embargo, el horario de atención al público se realizará únicamente en horario matutino.

 

La modalidad de prestación de servicio se llevará adelante bajo el esquema de sistema de trabajo en burbuja. Con esta medida se separa una parte de la dotación como equipo de resguardo en caso de contagio o aislamiento dentro de la dependencia, lo que permitirá seguir funcionando y reducir el nivel de posibilidades de contagio.

 

Cada dependencia deberá conformar dos equipos de trabajo, convocando para prestar servicio presencial en el turno de la mañana al 70% de su plantel, mientras que el 30% restante deberá ser convocado para prestar servicio presencial en turno vespertino.

 

Los equipos deben estar conformados por secretarios o prosecretarios (actuarios y/o relatores) y personal administrativo. Las dependencias técnicas y administrativas también deberán cumplir con esta medida. El objetivo es evitar los contactos personales con los integrantes que cumplen el otro horario laboral.

 

Grupos de Riesgo

 

Continuarán integrando  el grupo de riesgo y gozando de licencia extraordinaria por Pandemia Covid-19, con goce íntegro de haberes, los magistrados, funcionarios, técnicos-profesionales y empleados en los siguientes casos: a) personal en estado gestacional; b) personal con enfermedad oncológica en tratamiento médico; c) personal con enfermedades inmunológicas, con estudios de laboratorios en los últimos 6 meses; d) personal que presente: insuficiencia cardiaca moderadas o severa, insuficiencia respiratoria moderada o severa, enfermedad renal.

 

El personal que integra el grupo de riesgo y que no tenga imposibilidad física de prestar servicio estará obligado a cumplir funciones home office, con control de su producción por parte del superior jerárquico.

 

Deberán observar todas las recomendaciones e instrucciones impartidas por las autoridades sanitarias, principalmente el estado de cuarentena, permanencia en los domicilios, prohibición de salir del país y de la provincia, restricciones en la circulación por la ciudad salvo razones justificadas y comunicadas previamente para analizar sus motivos y si se encuadran dentro de las excepciones previstas, bajo apercibimiento de tomarse las medidas disciplinarias e iniciarse las causas penales que correspondan.

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