REGLAMENTO INTERNO PARA LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA
B) ORDEN DE DESPACHO DE LAS CAUSAS.
Artículo 117°) Las causas serán resueltas en el orden de su entrada a sentencia. Sin embargo, serán de preferente despacho los pedidos de excarcelación; los recursos de habeas corpus y acción de amparo; los juicios de alimentos; los pedidos de regulación de honorarios y de declaratoria de herederos, las medidas precautorias y los interdictos y acciones posesorias.